.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
tipodocumento:FACTURAS
 
tipodocumento:OFICIOS VARIOS
 

64 resultados encontrados en 762 ms. Página 1 de 7
Descargar    Expandir/Colapsar
-8- AL CONTESTAR REFIÉRASE AL Nº 7787 DC-0064 R-DC-19-2009. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Despacho Contralor. San José, a las catorce horas del veintitrés de julio de dos mil nueve.------ Recurso de apelación interpuesto por los señores Luis Paulino Mora Mora, mayor, casado, vecino de Alajuela, en su carácter de Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Poder Judicial, y Alfredo Jones León, mayor, casado, vecino de Santo Domingo de Heredia, en su carácter de Director Ejecutivo del Poder Judicial, en contra de las disposiciones contenidas en el Informe No. DFOE-PGAA-10-2009, “INFORME SOBRE LA EVALUACIÓN DE LA EFECTIVIDAD DE LOS PROYECTOS Y LA RAZONABILIDAD DE LAS CONTRATACIONES DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN EN EL PODER JUDICIAL”, emitido por el Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. RESULTANDO I.- Que mediante Informe No. DFOE-PGAA-10-2009, de veintiséis de junio de dos mil nueve, el Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa emitió el “INFORME SOBRE LA EVALUACIÓN DE LA EFECTIVIDAD DE LOS PROYECTOS Y LA RAZONABILIDAD DE LAS CONTRATACIONES DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN EN EL PODER JUDICIAL”. II.- Que mediante oficios 6885 y 6886 de veintiséis de junio de dos mil nueve, dirigidos a los señores Luis Paulino Mora Mora, Presidente de la Corte Suprema de Justicia y Alfredo Jones León, Director Ejecutivo del Poder Judicial, y comunicados al Poder Judicial el día treinta siguiente, se hizo remisión del Informe No. DFOE-PGAA-10-2009 identificado en la referencia. III.- Que mediante escrito de seis de julio de dos mil nueve, los señores Mora Mora y Jones León interpusieron recursos de revocatoria con apelación en subsidio, en contra de las disposiciones contenidas en el supra citado informe, considerando específicamente que al conocer del borrador del informe cuando se realiz ...
Fecha publicación: 26/07/2009
Fecha emisión: 23/07/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DESPACHO CONTRALOR
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


DIVISION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES 2 Sr. Enrique Pacheco Jiménez 5 de setiembre de 2000 Director de Talento Humano y Transformación Institucional DI-AA- Al contestar refiérase al oficio No. 17288 16 de diciembre de 2005 DI-AA-3194 Arquitecta Sonia Montero Alcaldesa Municipalidad de Montes de Oca Estimada señora: Asunto: Aprobación de tasas por los servicios de recolección de basura, limpieza de vías y cementerios. Dado que a la fecha no hemos recibido la información relacionada con costos, solicitada por un funcionario de esta Unidad a la Directora técnica de ese Ayuntamiento Licda. Yelena Guerrero, la cual es importante para continuar con el análisis de las referidas tasas, se procede a otorgar a ese Municipio, un plazo de diez días hábiles a partir del recibo de este oficio. De no ser así, procederemos a archivar el asunto de marras, sin trámite alguno. Atentamente, Lic. Manuel J. Corrales Umaña, MBA Jefe de Unidad JGJJ:mst ci Archivo Central Ni: 26283 2005007317 ( Autorizaciones, Aprobaciones y Certificaciones ] ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Documento: 17288-2005.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: OTROS


DESPACHO CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA PAGE 14 AL CONTESTAR REFIÉRASE AL N º 4772 6 de mayo, 2004 CO-0137 Diputado Mario Calderón Castillo Presidente Comisión Especial Investigadora de Concesiones Públicas y Contratos con el Estado ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimado señor: Asunto: Consideraciones a los asuntos tratados en el oficio OFGI-FG-004-205, relacionado con la ejecución del Contrato de Gestión Interesada del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría. En atención al oficio No. OFGI-FG-004-205, denominado “Sobre disposiciones de la Contraloría General de la República – Costos financieros y gastos de financiamiento y desarrollo y labores del OFGI”, de fecha 4 de mayo de 2004, entregado a esa Comisión por el Doctor Arnoldo Camacho Castro, Inspector General del Órgano Fiscalizador de la Gestión Interesada del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, el cual sirvió de base a la exposición realizada con motivo de la comparecencia ante esa Comisión por parte del citado funcionario, corresponde realizar algunas observaciones ante las imprecisiones identificadas tanto en la exposición como en el oficio del señor Camacho Castro. No obstante, de previo debe indicarse que cuando ya en otra oportunidad se pretendió también desacreditar a esta Contraloría General, se remitió a esa Comisión el oficio No. 2645 del 18 de marzo del 2003, en el cual se realizaron varias aclaraciones y reiteraciones, dentro de las que se incluyeron temas aludidos por el señor Camacho, como la existencia de una metodología de precios tope y la imposibilidad de traspasar a las tarifas costos mayores a esos topes. I. Sobre la metodología de los precios tope del contrato. El Contrato de Gestión Interesada establece un régimen de fijación tarifaria según el cual únicamente se pueden incluir en las tarifas los costos reales en que incurra el Gestor sin que se supere el precio tope ofertado por cada rubro. Esto quiere decir que en realidad nunca procede el reconocimiento ...
Fecha publicación: 09/05/2004
Fecha emisión: 06/05/2004
Documento: 04772-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DESPACHO CONTRALOR
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia PAGE División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia DFOE-106 2 21/04/2004 Al contestar refiérase al oficio No. 03924 21 de abril, 2004 DFOE-106 Reguladora General Ministros/as de Gobierno Rectores/as Presidentes/as Ejecutivos/as Gerentes Generales Directores/as Ejecutivos/as Decanos/as Colegios Universitarios Juntas Directivas Alcaldes/as Municipales Intendentes/as Distritales Presidentes/ Asociaciones/ Fundaciones/ Cooperativas y otros sujetos privados Estimados/as señores/as: Asunto: Sobre el financiamiento de gastos corrientes con ingresos de capital a partir del presupuesto del 2005, en el caso de entidades y órganos sujetos a la aprobación presupuestaria de la Contraloría General de la República. El artículo 6° de la Ley Nº 8131, Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 del 16 de octubre de 2001, establece lo siguiente. “Financiamiento de gastos corrientes. Para los efectos de una adecuada gestión financiera, no podrán financiarse gastos corrientes con ingresos de capital” Con el fin de lograr una aplicación gradual de dicha norma, la misma Ley estableció en su Transitorio V lo siguiente: “Para cumplir el principio presupuestario establecido en el Artículo 6 de la presente Ley, el Poder Ejecutivo dispondrá de un plazo de tres ejercicios económicos para tomar las medidas necesarias que permitan su cabal cumplimiento”. En vista de que las entidades sujetas a la Ley No. 8131 se encuentran en la etapa de formulación del plan presupuesto para el ejercicio presupuestario 2005 y que el plazo dispuesto en el Transitorio V transcrito anteriormente, vence en el periodo 2004, se recuerda la responsabilidad de la administración a su cargo de establecer ...
Fecha publicación: 22/04/2004
Fecha emisión: 19/04/2004
Documento: 03924-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIV.FISCALIZACION OPERATIVA Y EVALUATIVA
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia PAGE División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia DFOE-090 2 31/03/2004 Al contestar refiérase al oficio No. 03363 31 de marzo, 2004 DFOE-090 Señores/as Concejos Municipales Concejos Municipales de Distrito Alcaldes/as Municipales Intendentes/as Distritales Auditor/a Municipal Contador/a Municipal Municipalidades y Concejos Municipales de Distrito Estimados/as señores/as: Asunto: Indicaciones relacionadas con el plazo para la presentación de las liquidaciones de festejos populares. De conformidad con lo establecido por el artículo 1 de la Ley No. 4286 del 17 de diciembre de 1968, y sus reformas, relativa al nombramiento de las comisiones de festejos populares, le “corresponde a las auditorías o contadurías municipales, en su caso, revisar y aprobar la liquidación de cuentas de las comisiones de festejos populares y deberán rendir esa liquidación a la Contraloría General de la República, a más tardar sesenta días después de la fecha de terminación de los festejos para cuya realización fueron nombradas”. En igual sentido esa disposición está contemplada en los artículos 32 y 35 del Reglamento Manual de Operaciones para las Comisiones de Festejos Populares del 20 de setiembre de 1990. En ese contexto y dado que la ley no define el plazo que tienen esas comisiones para presentar la liquidación de cuentas al Auditor Interno o, en su defecto, al Contador Municipal, esta Contraloría General le dispone a los Concejos Municipales y Concejos Municipales de Distrito que en el acuerdo de nombramiento de las comisiones de festejos populares debe quedar debidamente establecido un plazo razonable —el cual es conveniente fijar en consulta con el Auditor Interno o, en su defecto, el Contador Municipal— para que esas comisiones remitan la respectiva liquidación y la documentación de soporte a estos funcionarios, según corresponda. Lo anterior, con el propósito de que ell ...
Fecha publicación: 01/04/2004
Fecha emisión: 29/03/2004
Documento: 03363-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIV.FISCALIZACION OPERATIVA Y EVALUATIVA
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia PAGE División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia DFOE-050 2 27/02/2004 Al contestar refiérase al oficio No. 02053 27 de febrero, 2004 DFOE-055 Señores/as Rectores/as Presidentes/as Ejecutivos/as Gerentes Generales Directores/as Ejecutivos/as Decanos/as Colegios Universitarios Juntas Directivas Estimados/as señores/as: Asunto: Autoevaluación del sistema de control interno y fiscalización de la Contraloría General sobre cumplimiento de la normativa vigente. Como es conocido, el artículo 17 –inciso b- de la Ley General de Control Interno Nro. 8292 (LCI) establece la obligación a los entes y órganos sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República de realizar, por lo menos una vez al año, las autoevaluaciones que conduzcan al perfeccionamiento de sus propios sistemas de control interno; asimismo, ese artículo señala la importancia de aplicar ese mecanismo de análisis con el fin de que la administración pueda detectar cualquier desvío que aleje a la organización del cumplimiento de sus objetivos y de formular e implantar las mejoras necesarias. El sistema de control interno está definido en el artículo Nro. 8 de la Ley General de Control Interno, como “...la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de los siguientes objetivos: a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal; b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información; c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones; y d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.”. Esa misma Ley establece varias causales de responsabilidad ante ciertas actuaciones que puedan debilitar el sistema de control interno o en casos en que no se dispongan las m ...
Fecha publicación: 01/03/2004
Fecha emisión: 27/02/2004
Documento: 02053-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIV.FISCALIZACION OPERATIVA Y EVALUATIVA
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia PAGE División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia DFOE-050 2 27/02/2004 Al contestar refiérase al oficio No. 02052 27 de febrero, 2004 DFOE-054 Señores/as Alcaldes/as Municipales Ejecutivos/as Distritales Concejo Municipal Estimados/as señores/as: Asunto: Autoevaluación del sistema de control interno y fiscalización de la Contraloría General sobre cumplimiento de la normativa vigente. Como es conocido, el artículo 17 –inciso b- de la Ley General de Control Interno Nro. 8292 (LCI) establece la obligación a los entes y órganos sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República de realizar, por lo menos una vez al año, las autoevaluaciones que conduzcan al perfeccionamiento de sus propios sistemas de control interno; asimismo, ese artículo señala la importancia de aplicar ese mecanismo de análisis con el fin de que la administración pueda detectar cualquier desvío que aleje a la organización del cumplimiento de sus objetivos y de formular e implantar las mejoras necesarias. El sistema de control interno está definido en el artículo Nro. 8 de la Ley General de Control Interno, como “...la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de los siguientes objetivos: a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal; b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información; c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones; y d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.”. Esa misma Ley establece varias causales de responsabilidad ante ciertas actuaciones que puedan debilitar el sistema de control interno o en casos en que no se dispongan las medidas necesarias para establecerlo, mantenerlo, perfeccionarlo y evaluarlo ...
Fecha publicación: 01/03/2004
Fecha emisión: 27/02/2004
Documento: 02052-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIV.FISCALIZACION OPERATIVA Y EVALUATIVA
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia PAGE División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia DFOE-050 2 27/02/2004 Al contestar refiérase al oficio No. 02029 27 de febrero, 2004 DFOE-053 Licenciado José Luis Araya Alpízar Director General Dirección General de Presupuesto Nacional Ministerio de Hacienda Estimados señor: Asunto: Respuesta a consulta sobre la revisión de los Criterios y lineamientos generales que informan las normas técnicas del proceso de programación, presupuestación y evaluación presupuestaria del sector público. En atención a lo consultado en su oficio Nº. 616, gestión que fue reiterada mediante oficio Nº 072 del 16 de febrero del año en curso, relacionado con el estado de la revisión del documento elaborado sobre los Criterios y lineamientos generales que informan las normas técnicas del proceso de programación, presupuestación y evaluación presupuestaria del sector público, se indica lo siguiente: 1. El estudio en cuestión fue revisado en su oportunidad y se determinó la conveniencia de que fuera considerado en función de un proyecto interno que desarrolla esta División, relacionado con el proceso de Análisis presupuestario, situación que en su momento fue comentada a funcionarios de esa Dirección General. Por otra parte, en esa oportunidad se consideró necesario analizar las implicaciones del Reglamento de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Decreto Nº 30058-H-MP-PLAN, ya que fue emitido en fecha posterior a la elaboración de los citados criterios y lineamientos. Asimismo, en este momento es recomendable enriquecer el documento con nuevos elementos que se han dado en fecha posterior a su elaboración, como pueden ser los criterios emitidos por la Sala Constitucional sobre la materia presupuestaria o la misma Ley General de Control Interno. 2. Con el objetivo de ...
Fecha publicación: 01/03/2004
Fecha emisión: 27/02/2004
Documento: 02029-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIV.FISCALIZACION OPERATIVA Y EVALUATIVA
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: PROYECTOS ESPECIFICOS (NO INCLUYE MEJORAMIENTO CONTINUO - NI TIC)


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia PAGE División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Gerencia DFOE-050 2 27/02/2004 Al contestar refiérase al oficio No. 01846 27 de febrero, 2004 DFOE-050 Señores/as Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones Presidente de la Asamblea Legislativa Presidente del Poder Judicial Defensor de los Habitantes de la República Reguladora General Ministros/as de Gobierno Estimados/as señores/as: Asunto: Autoevaluación del sistema de control interno y fiscalización de la Contraloría General sobre cumplimiento de la normativa vigente. Como es conocido, el artículo 17 –inciso b- de la Ley General de Control Interno Nro. 8292 (LCI) establece la obligación a los entes y órganos sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República de realizar, por lo menos una vez al año, las autoevaluaciones que conduzcan al perfeccionamiento de sus propios sistemas de control interno; asimismo, ese artículo señala la importancia de aplicar ese mecanismo de análisis con el fin de que la administración pueda detectar cualquier desvío que aleje a la organización del cumplimiento de sus objetivos y de formular e implantar las mejoras necesarias. El sistema de control interno está definido en el artículo Nro. 8 de la Ley General de Control Interno, como “...la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de los siguientes objetivos: a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal; b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información; c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones; y d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.”. Esa misma Ley establece varias causales de responsabilidad ante ciertas actuaciones que puedan debilitar el sistem ...
Fecha publicación: 27/02/2004
Fecha emisión: 24/02/2004
Documento: 01846-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIV.FISCALIZACION OPERATIVA Y EVALUATIVA
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Agropecuarios y de Medio Ambiente Al contestar refiérase al oficio Nº 1786 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Agropecuarios y de Medio Ambiente Sr. Walter Céspedes Salazar -2- 23-2-2004 23 de febrero, 2004 FOE-AM-0093 Señor Walter Céspedes Salazar Presidente Ejecutivo Instituto de Desarrollo Agrario Estimado señor: Asunto: En relación con solicitud para dar contenido a gastos en un presupuesto extraordinario del año 2004, por obligaciones contraídas en el año 2003. En atención a lo manifestado en el oficio No. GG-3595-03, suscrito por el Ing. Marco A. Bolaños Víquez Gerente General de ese Instituto, mediante el cual solicita a esta Contraloría General autorización para dar contenido a gastos en un presupuesto extraordinario correspondiente al ejercicio económico de 2004 por obligaciones contraídas en el año 2003, se le comunica lo siguiente: Con la promulgación de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos No. 8131 se modificó el tratamiento presupuestario de los compromisos pendientes de pago, en lo concerniente a su contabilización con cargo al presupuesto del ejercicio en el cual se reconocían como obligaciones pendientes de pago. Es necesario recordar que por compromiso presupuestario se entiende la obligación originada en una relación jurídica, que asume la administración con un tercero, en el período comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de cada año, que se encuentra pendiente de pago a esta última fecha y se respalda en documentos de ejecución debidamente aprobados, autorizados, refrendados y registrados, según corresponda, en los sistemas informáticos de apoyo a la gestión financiera. Para considerar un compromiso como tal, se deben haber observado los requisitos que establezcan las disposiciones legales y los procedimientos (jurídicos, administrativos y técnicos) vigentes, especialmente l ...
Fecha publicación: 26/02/2004
Fecha emisión: 23/02/2004
Documento: 01786-2004.doc
Institución: INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)
Emite: HIST. SERVICIOS AGROP. Y DE MEDIO AMB.
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION